Julio Vega López

Profesor Titular de Escuela Universitaria
de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (España)
Departamento de Derecho Público (ULPGC)


Dirección

Facultad de Ciencias Jurídicas.
Campus Universitario de Tafira.
Edificio Departamental, módulo A, despacho 102.
Las Palmas de Gran Canaria (España), c.p. 35017.
Teléfono despacho: +34.928.451.211
Fax Departamento: +34.928.451.194
Correo Electrónico: jvega@ddp.ulpgc.es




"Una elemental escala de valores nos dice que la vida e integridad física de las personas se encuentra por encima de valores de cualquiera otros, singularmente por encima de los de contenido económico (...) La conciencia social y el disfrute de las comodidades inherentes al desarrollo de los pueblos exige el que hayan de tolerarse actividades que inevitablemente conllevan determinados riesgos; pero, como contrapeso ineludible de tal tolerancia, en cada una de esas actividades hay una serie de normas, escritas o no, que garantizan el que puedan desarrollarse dentro de unos límites tolerable. El riesgo socialmente permitido ha de estar controlado por la adopción de una serie de medidas que lo enmarcan para que no exceda de lo imprescindible. Un mayor desarrollo económico se corresponde con una mayor número de actividades peligrosas y con una más exigente legislación protectora frente a éstas."

TRIBUNAL SUPREMO, Sala Penal, de 18 de enero de 1995


Última modficación

01/12/2006


Gracias por su visita

00000001


Warning: fopen(w2dcount0217ee97eb0e87001.txt): failed to open stream: Permission denied in /home/users/juliovlm/www/www.juliovega.net/printable/index.php on line 269


(C) 2004 - Reservados todos los derechos

Imprimir esta página